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Se regula la venta de los productos autodiagnósticos de la Covid

Salud General
Autor
Fraternidad-Muprespa

El pasado mes de julio se publicó en el BOE el Real Decreto 588/2021 de 20 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 1662/2000, de 29 de septiembre, sobre productos sanitarios para diagnóstico in vitro, con objeto de regular la venta al público y la publicidad de los productos de autodiagnóstico de la Covid-19.

Mediante esta norma se procede a incluir los productos de autodiagnóstico de la Covid entre aquellos exceptuados de la necesidad de prescripción para su adquisición en farmacias y, por otro, permitir la realización de publicidad dirigida al público en relación con estos productos.

La disponibilidad de pruebas de autodiagnóstico permitirá a la población general la realización de las pruebas sin la intervención de un profesional sanitario, lo que, por un lado, reducirá en cierta medida la presión asistencial de los centros sanitarios, y por otro, permitirá la identificación rápida de sospechas de casos positivos.

A nivel internacional, el enfoque común de las estrategias de detección del virus es ampliar lo máximo posible la capacidad diagnóstica para que estas sean más eficientes, y en este sentido, la utilización de pruebas rápidas de antígeno y autodiagnóstico se ha considerado una herramienta muy útil para lograr ese objetivo preventivo de la enfermedad.

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Fraternidad-Muprespa ha preparado en su portal web Previene un apartado específico dedicado al Coronavirus con toda la información de interés relacionada con la prevención de riesgos laborales y el cuidado de la salud de la pandemia que estamos viviendo que te animamos a consultar.