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Actualización de la normativa sobre las unidades de medicina nuclear

Actualidad
Autor
Boletín Oficial del Estado (BOE)

Recientemente se ha publicado el Real Decreto por el que se actualizan los criterios de calidad y seguridad de las unidades asistenciales de medicina nuclear en nuestro país.

Mediante este nuevo texto, que sustituye al anterior de los años 90, se optimizan los criterios de calidad por los que se rigen las unidades asistenciales de medicina nuclear, cuyo número asciende a un total de 278 en nuestro país.

Se recoge la obligatoriedad de implantar, en todas las unidades asistenciales de medicina nuclear, desde su puesta en funcionamiento, un programa de garantía de calidad y seguridad, que deberá estar basado en protocolos nacionales o internacionales, guías, recomendaciones, actualizadas, a los que se hará referencia explícita en el mismo, y cuyo cumplimiento habrá de ser auditado.

Los titulares de los centros sanitarios con unidades asistenciales de medicina nuclear que se creen después de la entrada en vigor de esta norma, deberán implantar el programa de garantía de calidad y seguridad en el plazo máximo de dos años desde su puesta en funcionamiento.

La norma específica, asimismo, las características que deben tener estas unidades en cuanto a programas de control de calidad, mantenimiento de equipos y las responsabilidades de los profesionales especialistas.