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LA LEY DE INVESTIGACIÓN BIOMÉDICA GARANTIZA LA LIBERTAD DE INVESTIGACIÓN Y REGULA SU EJECUCIÓN

Salud General
Autor
Ministerio de Sanidad y Consumo
  • Según lo establecido en el artículo 20 de la Constitución Española
  • Flora de Pablo, directora del Instituto de Salud Carlos III, ha inaugurado las jornadas ‘Ley 14/2007: Un nuevo escenario para la Investigación Biomédica’, dedicadas a profundizar en las aportaciones de esta norma

La Ley de Investigación Biomédica (LIB) es, principalmente, un nuevo marco legal acorde con los avances biomédicos pero, sobre todo, garantiza la libertad de investigación, un derecho fundamental, recogido en la Constitución Española, según ha destacado la directora del Instituto de Salud Carlos III, Flora de Pablo, en la inauguración de unas jornadas dedicadas a analizar el valor que aporta la citada ley en el panorama científico y legal.

En opinión de Flora de Pablo, esta garantía, en los términos reflejados en el artículo 20 de la Constitución Española, es de “vital trascendencia para la generación de nuevo conocimiento científico”.

Además, De Pablo ha recordado que la LIB es un proyecto normativo que ha supuesto un “enorme esfuerzo” para un amplio conjunto de profesionales de diferentes disciplinas y su origen hay que buscarlo en la demanda de la investigación en Biomedicina y Ciencias de la Salud que requería una norma que clarificara y contemplara la desorientación social que determinados avances biomédicos estaban produciendo.

La directora del Instituto de Salud Carlos III ha explicado: “La Ley es una herramienta eficaz para la promoción e implantación de la investigación en los centros del Sistema Nacional de Salud (SNS), como una práctica cotidiana, ya que se establece el marco legal para la puesta en marcha de una carrera investigadora en los centros del SNS y para el fomento de la movilidad del personal investigador”.

Como conclusión, Flora de Pablo ha indicado que, una vez que la Ley existe, es hora de trabajar para que los derechos de los individuos se respeten por encima de todo y en todos los aspectos que la norma regula, independientemente del esfuerzo que haya que realizar para aplicarla en todos sus términos y en todos los ámbitos competentes.