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LA COMISIÓN EUROPEA ADOPTA UN PROYECTO DE DIRECTIVA SOBRE LOS DERECHOS DE LOS PACIENTES EN LA ASISTENCIA SANITARIA TRANSFRONTERIZA

Salud General
Autor
Comisión Europea

Como parte de la Agenda Social Renovada, la Comisión ha adoptado hoy una propuesta de Directiva para facilitar a los pacientes europeos el ejercicio de sus derechos en relación con la asistencia sanitaria transfronteriza, así como una Comunicación sobre la mejora de la cooperación entre los Estados miembros en este ámbito. A pesar de que varias resoluciones del Tribunal de Justicia europeo han confirmado claramente que el Tratado de la UE otorga a cada paciente el derecho a procurarse asistencia sanitaria en otros Estados miembros y a ser reembolsado en su propio país, persiste la incertidumbre sobre cómo aplicar de un modo más general los principios de esta jurisprudencia. Con esta propuesta, la Comisión trata de ofrecer seguridad jurídica sobre esta cuestión. La propuesta viene asimismo a responder a las demandas del Parlamento Europeo y del Consejo de Ministros, que habían pedido a la Comisión que presentara una iniciativa concreta en materia de asistencia sanitaria transfronteriza que respetara el carácter particular del sector de la asistencia sanitaria y se adaptara específicamente a él. Además, la Directiva propuesta constituye una base sólida para desplegar el enorme potencial que ofrece la cooperación europea de cara a la mejora de la eficacia de todos los sistemas sanitarios de la UE.

En palabras de la Sra. Vassiliou, Comisaria Europea de Salud: «Esta propuesta tiene como finalidad aclarar de qué modo pueden los pacientes ejercer sus derechos a la asistencia sanitaria transfronteriza, y ofrece al mismo tiempo la necesaria seguridad jurídica a los Estados miembros y a quienes prestan dicha asistencia sanitaria. Con ella, la calidad y la seguridad de la asistencia sanitaria estarán garantizadas en toda la Unión y se promoverá la cooperación entre los sistemas sanitarios para mejorar el acceso a una asistencia especializada». Los objetivos de la Directiva

En general, una vez que la adopten el Consejo y el Parlamento Europeo, esta Directiva ofrecerá un marco nítido para la atención sanitaria transfronteriza. De acuerdo con sus principales disposiciones:

  • Los pacientes tienen derecho a procurarse asistencia sanitaria en el extranjero y a ser reembolsados hasta el importe que habrían recibido en su país. La Directiva dejará claro el modo en que pueden ejercerse estos derechos, incluidos los límites que pueden imponer los Estados miembros a dicha asistencia sanitaria en el extranjero y el nivel de cobertura financiera asignado a la asistencia sanitaria transfronteriza.
  •   Los Estados miembros son responsables de la asistencia sanitaria prestada en su territorio. Los pacientes deben poder confiar en que los niveles de calidad y seguridad del tratamiento que recibirán en otro Estado miembro se someten regularmente a seguimiento y se basan en buenas prácticas médicas. 
  • La Directiva facilitará la cooperación europea en materia de asistencia sanitaria. Sentará las bases para respaldar el desarrollo de redes europeas de referencia, que reunirán, con carácter voluntario, a centros especializados de los distintos Estados miembros. Esta colaboración posee un gran potencial para beneficiar a los pacientes, que podrán acceder con más facilidad a una asistencia altamente especializada. También puede resultar útil para los sistemas sanitarios, pues facilitaría el uso de los recursos, por ejemplo, poniendo en común los necesarios para hacer frente a las enfermedades raras.
  • La evaluación de las tecnologías sanitarias es otro ámbito claro de valor añadido europeo. Esta iniciativa ayudará a reducir solapamientos y duplicaciones de esfuerzos en este campo y, de ese modo, a promover el uso eficaz de los recursos.
  • Las actividades en el ámbito de la «salud electrónica» también saldrán reforzadas. Las tecnologías de la información y la comunicación tienen un potencial enorme para mejorar la calidad, la seguridad y la eficacia de la asistencia sanitaria. La Comisión apoya ya proyectos de salud electrónica como los que se centran en la ayuda especializada a distancia que proporcionan grandes hospitales a centros locales más pequeños. De lo que se carece, sin embargo, es de formatos y normas comunes que puedan ser utilizados por los distintos sistemas y países, y esta Directiva ayudará a ponerlos a punto.

La necesidad de actuar

Los debates sobre la asistencia sanitaria transfronteriza y, en particular, sobre la «movilidad de los pacientes», se iniciaron a raíz de las sentencias del Tribunal de Justicia europeo en una serie de asuntos relativos a la movilidad de pacientes concretos de distintos Estados miembros.

Antecedentes

La asistencia sanitaria fue excluida del ámbito de aplicación de la Directiva 2006/123/CE, relativa a los servicios en el mercado interior. El Consejo y el Parlamento pidieron a la Comisión que abordase las cuestiones relacionadas con la asistencia sanitaria transfronteriza en un instrumento aparte.

La Comisión llevó a cabo una consulta pública para determinar claramente los problemas existentes en este ámbito. De las doscientas ochenta contribuciones recibidas, la mayoría se mostraba a favor de algún tipo de acción comunitaria en materia de asistencia sanitaria que combinase elementos legislativos con el apoyo práctico a la cooperación entre los sistemas de salud europeos.

Partiendo de esa base, la Comisión elaboró el proyecto de Directiva que ha adoptado.