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LOS PACIENTES MADRILEÑOS CON PATOLOGÍAS GRAVES TENDRÁN DERECHO A UNA SEGUNDA OPINIÓN MÉDICA

Salud General
Autor
Comunidad de Madrid

EN UN PLAZO DE 15 DÍAS HÁBILES DESDE EL PRIMER DIAGNÓSTICO

 

El Gobierno regional ha aprobado el borrador del decreto que regula el derecho de los pacientes del Sistema Sanitario Público de la Comunidad de Madrid a recibir una segunda opinión médica, si así lo consideran oportuno, para los procesos patológicos graves que supongan un riesgo vital para su salud.

 

El texto, que ha sido remitido para dictamen al Consejo de Estado, contempla que la consulta para la segunda opinión deberá realizarse en el menor tiempo posible y, en cualquier caso, en un plazo máximo de 15 días hábiles desde el primer diagnóstico. La norma determina que sólo se podrá solicitar una segunda opinión para fines puramente asistenciales.

 

Para contar con una segunda opinión médica, el decreto establece como requisito fundamental que el proceso patológico que padezca el paciente suponga una enfermedad grave, es decir, que exista un riesgo vital para la salud de las personas o conlleve una invalidez crónica, severa y le incapacite para su vida cotidiana y profesional, así como las enfermedades raras que reúnan dichas características.

 

El procedimiento de solicitud de segunda opinión médica sólo podrá realizarse una vez en cada proceso asistencial, debiendo presentar una solicitud por escrito en el centro hospitalario donde se recibe asistencia sanitaria. En caso de admitirse, la solicitud será remitida al Servicio Madrileño de Salud en el plazo máximo de dos días hábiles, ya que este será el departamento encargado de estimarla o desestimarla.

 

En caso de ser aprobada, el Servicio Madrileño deberá responder en un plazo de cinco días hábiles desde su recepción y, en cualquier caso, la contestación se realizará en un plazo de siete días hábiles. Si se sobrepasa, el paciente podrá elegir cualquier centro del sistema público que disponga de los medios adecuados para el diagnóstico y, en su caso, tratamiento de la patología para la que se solicita segunda opinión. En este caso, el Servicio Madrileño asignará el centro en el plazo máximo de 48 horas