Imagen Noticias

LA COMISIÓN EUROPEA EXAMINA EL USO DE LOS ESCÁNERES DE SEGURIDAD EN LOS AEROPUERTOS Y SU REPERCUSION EN LA SALUD

Salud General
Autor
Comisión Europea

Se exigen prestaciones de detección básicas y aseguren un nivel armonizado de respeto de las disposiciones en materia de salud

A petición del Parlamento Europeo y de los Estados miembros, la Comisión Europea ha presentado una Comunicación en la que evalúa el uso de los escáneres de seguridad en los aeropuertos de la UE. A raíz de la tentativa terrorista de hacer estallar explosivos durante el vuelo Amsterdam–Detroit el 25 de diciembre de 2009, el uso de escáneres de seguridad se ha incrementado y sigue siendo objeto de ensayos en varios Estados miembros de la UE, entre los que se cuentan el Reino Unido, los Países Bajos, Francia e Italia. Actualmente, los escáneres de seguridad en sí se sitúan fuera del ámbito de aplicación de la normativa de la UE en materia de seguridad de la aviación, y se regulan mediante un mosaico de disposiciones de los distintos Estados miembros. El informe publicado subraya que este método de detección ofrece una auténtica posibilidad de reforzar la seguridad de los pasajeros. La Comisión aboga por la aplicación de un enfoque de la UE que permita asegurar que, cuando los Estados miembros opten por la utilización de escáneres de seguridad, su despliegue y funcionamiento se basen en normas comunes que exijan unas prestaciones de detección básicas y aseguren un nivel armonizado de respeto de las disposiciones en materia de salud y los derechos fundamentales europeos. Ahora, la Comisión recabará las opiniones del Parlamento Europeo y el Consejo sobre los datos recogidos en el informe.

 

Siim Kallas, Vicepresidente de la Comisión y responsable del sector de los transportes, afirmó lo siguiente: «Cada vez son más los Estados miembros de la UE que recurren a los escáneres de seguridad, pero su uso recae actualmente fuera del ámbito de aplicación del Derecho de la UE, por lo que sus modalidades de utilización en los Estados miembros son diferentes. Los escáneres de seguridad no constituyen ninguna panacea, pero ofrecen auténticas posibilidades de reforzar todavía más la seguridad de los pasajeros. La decisión de autorizar el uso de escáneres en sus aeropuertos nacionales seguirá correspondiendo a cada Estado miembro: eso no va a cambiar. Pero, cuando se emplee, esa tecnología deberá estar regulada por normas de la UE sobre capacidad de detección, con unas salvaguardias comunes que garanticen el cumplimiento de las disposiciones en materia de salud y derechos fundamentales de la UE.».

La cuestión del uso de escáneres de seguridad surgió a raíz del grave incidente registrado a bordo del vuelo NW 253 de Amsterdam a Detroit el 25 de diciembre de 2009, en el que un terrorista intentó utilizar explosivos ocultos en su cuerpo que no habían sido detectados por los detectores de metales. A petición del Parlamento Europeo y de los Estados miembros, la Comisión ha aprobado un informe sobre el uso de escáneres de seguridad en los aeropuertos de la UE. En ese documento se evalúan las repercusiones de la utilización de dicho método de detección desde los puntos de vista tanto de las prestaciones de detección como de la protección de los derechos fundamentales y la salud.

 

Según concluye el informe, puede considerarse que los escáneres de seguridad representan un método fiable y eficaz para la detección de los objetos metálicos y no metálicos portados por los pasajeros. Además, la utilización de los escáneres en las condiciones apropiadas permitiría disipar todas las dudas que se han planteado acerca de la salud y los derechos fundamentales.

 

Varios Estados miembros de la UE han instalado ya en sus aeropuertos escáneres de seguridad con diversas tecnologías y en diferentes condiciones operativas, lo que ha desembocado en la aplicación de normas divergentes en la UE.

 

La Comisión preconiza la aplicación de un enfoque europeo común al uso de escáneres de seguridad con el fin de asegurar que, cuando los Estados miembros decidan usar esos sistemas, su despliegue y funcionamiento se base en normas comunes que exijan unas prestaciones de detección básicas e incluyan, al mismo tiempo, salvaguardias que garanticen el respeto de las medidas sanitarias y los derechos fundamentales europeos.

 

Los escáneres de seguridad constituyen una posible vía para progresar hacia el objetivo de reforzar el marco de seguridad de la aviación europea, facilitando al mismo tiempo los desplazamientos. La cooperación internacional, la tecnología y el afinamiento de la determinación de perfiles son herramientas igualmente útiles para garantizar la seguridad de los ciudadanos.

 

La Comisión ha presentado su informe al Consejo y al Parlamento Europeo. En función de los resultados del debate que se celebre al respecto, la Comisión podrá presentar propuestas para un marco jurídico sobre el uso de los escáneres de seguridad en los aeropuertos de la UE.